Carlos Sánchez Garcete será camillero en el Hospital de Trauma
2021-06-16
El exdiputado suplente (ANR) Carlos Rubén Sánchez, más conocido como Chicharõ, será camillero por 50 días en el Hospital del Trauma, de 7:00 a 16:00 y de viernes a domingo. Así resolvió el Tribunal de Apelación en lo penal, primera sala, al ratificar la resolución que sustituye una multa disciplinaria de casi G. 20 millones por trabajos sociales.
Carlos Sánchez Garcete será camillero en el Hospital de Trauma

Así lo resolvió el Tribunal de Apelación, 1ª sala, integrado por Gustavo Ocampos, Gustavo Santander y Pedro Mayor Martínez, al confirmar una resolución de la jueza penal de ejecución de sentencia Yolanda Morel.

Los antecedentes del caso se remontan hasta el 7 de febrero del 2019, cuando la jueza penal de ejecución Yolanda Morel comunicó a la Dirección de Ingresos Judiciales de la Corte Suprema de Justicia el AI N° 350 del Tribunal de Apelación, 1ª Sala, que impone como medida disciplinaria a Sánchez una multa de G. 19.626.250 para su cumplimiento.

La sanción disciplinaria fue establecida por incidentes dilatorios presentados en la causa abierta para el estudio de la solicitud de condena del Brasil al Paraguay.

Sánchez Garcete alegó carecer de ese dinero y pidió reducir la pena a G. 5.887.875 o cambiarla a trabajos comunitarios, propuesta descartada por los camaristas Pedro Mayor Martínez, Gustavo Ocampos y Gustavo Santander.

Ante una nueva petición de la defensa, el 15 de marzo pasado el juzgado de ejecución N° 2 resolvió sustituir la multa por trabajos comunitarios. Específicamente deberá prestar servicios como camillero por 50 días en el Hospital del Trauma, los días viernes, sábado y domingo, en el horario comprendido entre las 07:00 y las 16:00.

Esta decisión fue apelada por Ardonio Sánchez, hermano de Carlos Sánchez, quien planteó que su representada cumpliera la medida en el Hospital General de Santa Rosa del Aguaray, a fin de estar cerca de su lugar de domicilio.

La fiscala María José Pérez solicitó la confirmación de lo resuelto en primera instancia, en atención a que durante la audiencia correspondiente la defensa no objetó la decisión y prestó su consentimiento para el cumplimiento de la referida medida, en las condiciones establecidas por el juzgado.

Los camaristas rechazaron la apelación, por considerar que no es posible el control del cumplimiento de la medida en una zona alejada de la sede del juzgado.

Fuente: ABC Digital



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