Fiscal disconforme con condena para enjuiciado por abuso sexual en menores
2022-07-19
PEDRO JUAN CABALLERO. Un hombre fue condenado a 4 años de cárcel por abusar sexualmente de su vecina menor de edad. El fiscal acusador se mostró disconforme, ya que considerando que se comprobó la autoría en el hecho por medio de las pruebas, había pedido 15 años de prisión y aseguró que analizará si presentará un recurso de apelación ante la sentencia impartida.
Fiscal disconforme con condena para enjuiciado por abuso sexual en menores

El fiscal Leonardo Cáceres, quien ejerció la acusación, indicó que resultó víctima de abuso sexual una menor de 13 años, vecina del ahora condenado, el hecho ocurrió en septiembre del año 2018 en el distrito de Karapaí, departamento de Amambay.

El Tribunal de Sentencia lo condenó por la comisión del hecho punible de abuso sexual en menores a cuatro años de pena privativa de libertad. La condena fue impartida por las juezas Carmen Elizabeth Silva Bóveda, Marcelina Quintana de Acosta y Mirna Carolina Soto González.

El fiscal acusador se mostró disconforme con la condena impuesta, alegó que con la producción de las pruebas propuestas por el Ministerio Público, se pudo comprobar la reprochabilidad y autoría en el hecho de abuso sexual. Agregó que estará analizando si corresponde o no una apelación a la condena de cuatro años que se impartió al enjuiciado.

La defensa estuvo a cargo de la defensora pública Gladys Escobar. La misma afirmó que resultó favorable la condena por todo el tiempo que ya lleva detenido su defendido.

Escobar mencionó que el examen médico practicado a la víctima en el Hospital Distrital de Capitán Bado fue basado en dichos de la menor no en las pruebas físicas. "Existe un diagnóstico médico escueto en el que no se han arrimado elementos de pruebas de que realmente existió abuso por parte de mi representado, más bien el médico que lo ha firmado expresó una cuestión en que la niña se refirió acerca del hecho, no habló acerca del examen físico que se le realizó, más bien se le oyó a la niña y eso firmó", dijo la defensora pública.

Ante esto, según Escobar, no existe un elemento de prueba para que el Ministerio Público sustente el grado de reprochabilidad del enjuiciado.

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