Quienes no votan serán sancionados con multa y prohibición para realizar trámites
2021-08-20
En Paraguay, desde que se inició la insipiente era democrática, donde el voto popular es el que define quiénes serán las autoridades, nacionales, departamentales y municipales en un periodo de 5 años, aunque el fraude y la compra de votos continúa vigente, el voto nunca fue obligatorio.
Quienes no votan serán sancionados con multa y prohibición para realizar trámites

En esta ocasión,  la Cámara de Senadores aprobó la ley que establece una simbólica y absurda multa de G. 44.000 para las personas que no ejerzan su derecho al voto en las elecciones, aunque estén conscientes de que dicho voto es más seguro que no refleje su voluntad.

Se agrega que en tanto dure el incumplimiento del pago de dicha multa ante el TSJE,  el infractor no realizar  trámites en varias instituciones públicas, como ser, ante la Subsecretaría de Estado de Tributación, gestionar el pasaporte y el documento de antecedentes policiales en el Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional.

Otras instituciones donde no podrán hacer trámites son la Dirección General de los Registros Públicos, la Dirección General de Catastro, la Dirección General de Registro del Automotor y trámites ante las municipalidades y gobernaciones.

Asimismo, se verán suspendidos los beneficios contemplados en la ley 4087/2011 de Transferencias Monetarias Condicionadas.

Tras intenso debate de más de dos horas,  por 25 votos a favor, 4 en contra y 16 ausencias, la Cámara de Senadores aprobó ayer las modificaciones del Código Electoral para que sean aplicadas dichas sanciones a los ciudadanos que no cumplan con la obligación de votar en las elecciones como lo establece el, hasta hoy letra muerta,  Artículo 118 de la Constitución.

Los proyectistas fueron los senadores Enrique Riera (ANR-cartista) y Abel González (PLRA-llanista).

“Radio Imperio 103.1 FM, la de mayor audiencia comprobada”

 



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