Sigue el 'so`o oficial'Ejecutivo extiende medidas sanitarias hasta el 19 de abril
2021-04-10
El Poder Ejecutivo promulgó un nuevo decreto a través del cual extiende las medidas sanitarias vigentes hasta el próximo 19 de abril. Cabe recordar que estas disposiciones son prácticamente las mismas que estaban establecidas antes de la Semana Santa.
Sigue el 'so`o oficial'Ejecutivo extiende medidas sanitarias hasta el 19 de abril

El presidente Mario Abdo Benítez firmó el Decreto N° 5100 a través del cual extiende la vigencia de las medidas sanitarias hasta la próxima semana.

De acuerdo al documento, las medidas impulsadas por el gobierno en el marco de la pandemia de COVID-19 irán hasta el lunes 19 de abril.

Según señala en el decreto, los distritos del país donde existe una incidencia de casos COVID-19 en rango de transmisión comunitaria muy alta son: Ciudad del Este, Asunción, Coronel Oviedo, Caazapá, Capiatá, Fernando de la Mora, Itá, Itaugua, Lambaré, Limpio, Luque, Mariano Roque Alonso, Ñemby, San Antonio, San Lorenzo, Villa Elisa, Villeta, Ypané, Ypacaraí, San Lázaro, Atyrá, Caacupé, Emboscada, Itacurubi de la Cordillera, San Bernardino, Villarrica, Coronel Bogado, Encarnación, Hohenau, Natalio, Yatytay, Ayolas, San Ignacio Misiones, Santa Rosa Misiones, Pilar, Paraguarí, Pirayú, Ybycui, Benjamin Aceval y Villa Hayes.

Uno de los principales cambios tiene que ver con la circulación de personas que será permitida desde las 05:00 hasta las 23:59 horas.

Igualmente, se dispuso la habilitación de los comercios esenciales y no esenciales, así como de los locales gastronómicos (bares, cafés, restaurantes, etc), los cuales podrán operar desde las 05:00 hasta las 23:59 horas.

Sobre este último sector, cabe mencionar que las reservaciones se harán con agendamiento previo y con hasta un máximo de 4 personas por mesa, cumpliendo con un distanciamiento de 2 metros entre mesas.

En el caso puntual de los bares o locales que operan en una modalidad similar, no estarán habilitadas las barras, a fin de prevenir eventuales contagios entre clientes.

Las bebidas alcohólicas no podrán ser comercializadas ni distribuidas de 23:59 a 05:00 horas, según señala el decreto del Ejecutivo.

Con la extensión de estas medidas, se mantendrá el desarrollo de las clases en la modalidad virtual o híbrida-semipresencial. Para el efecto, se deberá tener en cuenta el “Protocolo y Guía Operativa para el Retorno Seguro a Instituciones Educativas 2021”, que tenga el parecer favorable del Comité Educativo Institucional para la Gestión del Riesgo (CEIGR).

En el caso de los eventos sociales, los mismos serán permitidos de 05:00 hasta las 23:59 horas, con un máximo de hasta 100 personas (deberán estar 6 personas por mesa, con 2 metros de distanciamiento entre cada una).

Los encuentros en residencias particulares deberán realizarse con un máximo de hasta 12 personas presentes, de acuerdo al nuevo decreto presidencial.

Para los funcionarios públicos, se estableció un horario laboral de lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas.

La actividad física será permitida para todas las personas en espacios al aire libre en grupos de hasta cuatro personas. De igual manera, se permite la práctica deportiva en grupos con la misma cantidad de personas, en locales habilitados por el Ministerio de Salud.

De momento, aún no se permitirán las competencias deportivas (torneos) en ninguna de sus modalidades.

Respecto a las academias, gimnasios, polideportivos y otros espacios cerrados, se permiten clases grupales garantizando 4 metros entre personas.

Las actividades del sector cultural y creativo podrán ser realizadas de 05:00 a 23:59 horas, con un aforo máximo de 75 personas sentadas y con uso obligatorio de tapabocas

Por otra parte, para los actos de culto se autoriza un máximo de 75 personas en espacios cerrados y hasta 100 personas en espacios abiertos o al aire libre.


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